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Para poder continuar con nuestra labor y seguir aportando nuestro granito de arena para acercarnos cada vez más a ese mundo más justo y equitativo que anhelamos, necesitamos el apoyo de personas como tú, afines a nuestra misión y a nuestros valores  y dispuestas a colaborar.

 

Si decides realizar una donación a Red Azul, como organización acogida a la ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, además de contribuir a una causa solidaria, podrás deducirte parte del importe donado en tu siguiente declaración de IRPF (para personas físicas) o en el impuesto de sociedades (para empresas).

 

¿Cuánto puedes desgravarte?

 

  • Si eres persona física, en el IRPF podrás deducirte el 80% del importe donado por los primeros 150€. A partir de esa cantidad la deducción será del 35%, o del 40%, si el importe es igual o superior al donado en  los dos ejercicios anteriores, con un límite del 10% de la base liquidable.

 

  • Si eres persona jurídica, en el impuesto de sociedades podrás deducirte el 35% del importe donado o el 40%, si el importe es igual o superior al donado en  los dos ejercicios anteriores, con un límite del 10% de la base imponible.

 

  • Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.

Recuerda, que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus donativos, es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio.

Como podrás comprobar en la siguiente tabla, donar es mucho más asequible de lo que imaginas, por ejemplo, si realizas un único donativo de 100 euros,  en realidad sólo te costará 20 euros, ya que al presentar la declaración de la renta al año siguiente, te podrás aplicar la deducción de los 80 restantes.

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